oct 3 2017

Aprueban la Ley de Seguridad Privada para el Estado de Sonora

                                                Hermosillo, Son. 3 de octubre de 2017.- Con la aprobación de la Ley de Seguridad Privada para el Estado de Sonora por parte de esta Soberanía, los servicios de coadyuvancia a la seguridad pública que ya proporciona el Estado se verán beneficiados al contar con una normatividad que regulará y actualizará ese tipo de servicios.

Porque se trata de garantizar y ofrecer un marco jurídico real y funcional para las empresas prestadoras del servicio privado y, por supuesto, a la sociedad, se establece en las consideraciones del dictamen presentado por la Comisión de Seguridad Pública, al que dio lectura el diputado Javier Villarreal Gámez, impulsor del proyecto.
 
“Cuando se contrata a una empresa de seguridad privada es debido a que se buscan mayores estándares de seguridad enfocados a la seguridad personal o los bienes de quien contrata, ya que el Estado presta el servicio de seguridad pública pero de manera general a toda la sociedad”, expresó.
 
De manera que al Estado le resulta imposible enfocarse en una sola persona o propiedad, agregó, mientras que el servicio de seguridad privada atiende solamente a quien lo contrata.
 
El diputado Villarreal Gámez expuso que las modalidades de la Ley de Seguridad Privada abarcan a las empresas de seguridad privada a personas, bienes, traslado de éstos y valores, así como en la información y servicios de investigación privada; servicios de alarmas y monitoreo electrónico, servicios de seguridad privada prestados por comités de vecinos o grupos, y servicios de vigilancia interna.
 
Se establece en la norma la obligación de contar con un domicilio fiscal en el que los clientes y los trabajadores puedan localizar a estas empresas, así como el registro de empresas, personal y equipo de seguridad privada, sin dejar de lado el deber de los prestadores de servicios de informar sobre cualquier cambio que afecte su actividad y sanciones en caso de incumplimiento, además de confidencialidad de la información que se proporcione a la Secretaría de Seguridad Pública, dijo.
 
La nueva Ley regulará la prestación de los servicios de seguridad privada que brinda el Estado, consistente en la autorización, revalidación, requisito, modalidades, registro, obligaciones y restricciones; capacitaciones, visitas de inspección, medidas tendientes a garantizar la correcta prestación de los servicios y las sanciones aplicables, así como los medios de impugnación de dichas sanciones, informó Villarreal Gámez.
 
En el mismo dictamen se incluyó el Decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Sonora, ya que la dictaminadora consideró imprescindible hacer las adecuaciones necesarias a la misma, al reformar y derogar varios de sus artículos con la finalidad de hacerla congruente con la normativa propuesta y evitar una doble regulación.
 
La Ley de Seguridad Privada para el Estado de Sonora consta de 71 artículos, divididos en trece capítulos, así como siete transitorios.
 
Al inicio de esta primera sesión del mes de octubre, la presidenta de la mesa directiva, Lisette López Godínez, invitó a sus compañeros legisladores para que a todas las mujeres que conozcan las exhorten a que se realicen el examen para prevenir y controlar el cáncer de mama.
 
En esta plenaria también se aprobó otra nueva legislación, ésta denominada Ley para la inclusión y desarrollo de las personas con discapacidad o en situación de discapacidad del Estado de Sonora, presentada por la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Sociedad, con base a una propuesta del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional el 3 de diciembre de 2015.
 
Consta de 109 artículos y siete transitorios, y en el segundo de éstos establece que se abroga la Ley número 186 de Integración Social para Personas con Discapacidad, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, número 4, Sección III, de fecha 12 de julio de 1999.
 
La diputada Lina Acosta Cid dio a conocer al Pleno que esta nueva Ley da reconocimiento a la no discriminación y a la inclusión plena y efectiva en la sociedad de las personas con
                                            
                                                discapacidad, para que se puedan desarrollar de manera efectiva, al otorgarles una serie de beneficios para que puedan generar diversas áreas de oportunidades para estas personas.
 
Agregó que la idea es que se les permita ser tomados en cuenta en igualdad de condiciones y ser tratados sin discriminación y con el respeto que se merecen y, con base en esto, coadyuvar a que sigan creciendo y desarrollándose de manera efectiva, al grado que se conviertan en personas altamente productivas para la sociedad.
 
También que se les tome en consideración para realizar tareas de acuerdo a sus aptitudes o participar en cargos públicos en los que puedan demostrar sus destrezas en beneficio de la sociedad, dijo, además de que se establecen nuevos aspectos que se consideran importantes para garantizar una mejor calidad de vida para las personas con discapacidad.
 
Se establecerá una coordinación con los municipios del Estado, a fin de cumplir con las facultades y obligaciones que impone la Ley; de igual manera se agregan disposiciones que tienen la finalidad de que se verifiquen y se cumplan las obras públicas normadas en materia de accesibilidad y libre desplazamiento y así facilitar la inserción social y laboral de las personas con discapacidad.
 
Este nuevo ordenamiento va encaminado a dotar al marco jurídico del Estado de disposiciones y mecanismos legales más eficientes en la materia, que permitan e impulsen el desarrollo de mejores acciones que garanticen el respeto y el ejercicio de los derechos humanos de este sector vulnerable de la sociedad, y contribuir al establecimiento de una cultura de respeto y aceptación de estas personas como iguales y sin ninguna distinción.
 
La diputada Acosta Cid recordó que una vez que a la dictaminadora le fue turnada la iniciativa, dicha comisión llevó a cabo el primer foro para la inclusión de personas con discapacidad en el Estado de Sonora, el cual se llevó a cabo en cuatro sedes: San Luis Río Colorado, Ciudad Obregón, Hermosillo y Nogales, por lo que en la nueva Ley se tomaron en cuenta propuestas en cuatro temas principales: salud, educación, trabajo, y transporte y movilidad.

Atienden resolución de la SCJN
En la sesión ordinaria se aprobó el Decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del Estado de Sonora, presentado por la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, con el objeto de dar respuesta a una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
 
La diputada María Cristina Gutiérrez Mazón dio a conocer que dicho ordenamiento entró en vigor el 19 de agosto del presente, por lo que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, INAI, promovió ante la SCJN la Acción de Inconstitucionalidad número 118/2017, en contra de los artículos 134, fracción III, y los artículos Tercero, Cuarto y Quinto Transitorios de la Ley número 192 de protección de datos personales, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado el 3 de agosto del año en curso.
 
De acuerdo a los considerandos del Decreto, el argumento toral que se hace valer en el concepto de invalidez consiste en el hecho de que el Congreso del Estado se excedió de su facultad legislativa al momento de establecer en el Artículo 134, fracción III de la Ley de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, un requisito no previsto en el Artículo 105 de la Ley General en la materia, para efectos de la promoción del recurso de revisión.
 
En cuanto a los artículos Tercero, Cuarto y Quinto Transitorios de la Ley local, la SCJN consideró que éstos establecen supuestos hipotéticos que amplían el plazo para la entrada en vigor plena de la protección de los datos personales. La Ley General entró en vigor el 27 de enero del presente año, de acuerdo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación del día 26 de enero, por lo que, en todo el país, la entrada en vigor de todas las legislaciones locales sobre la materia debió de ser el 26 de julio del año en curso.
 
“Debido a esto, los que
                                            
suscribimos el presente Decreto (CRICP) efectivamente pudimos evidenciar que el contenido de los tres artículos transitorios antes aludidos, amplían el plazo otorgado por la Ley General para la entrada en vigor pleno de la protección de datos personales de los sonorenses, lo que evidentemente vulnera la Ley General”, establece el Decreto aprobado por unanimidad de la asamblea.
 
En el mismo sentido se aprobó el Acuerdo mediante el cual este Poder Legislativo resuelve exhortar al titular de la Secretaría de Educación y Cultura, para que en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley que crea el seguro educativo para el Estado de Sonora, realice las acciones necesarias para promocionar, identificar y, en su caso, otorgar las pensiones destinadas a aquellos alumnos que cursan su educación pública en nivel básico o media superior.
 
Específicamente se refiere a los estudiantes que por algún motivo, su padre, madre o tutor responsable de su manutención haya fallecido y no cuenten con los recursos económicos necesarios para continuar con sus estudios, así como para que en el próximo proyecto de decreto de presupuesto de egresos para el ejercicio 2018 se considere la proyección de recursos suficientes para el cumplimiento de la Ley.
 
Los diputados Teresa María Olivares Ochoa y Fermín Trujillo Fuentes presentaron esta iniciativa junto con un proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley que crea el seguro educativo para el Estado de Sonora, el cual se turnó para estudio a la Comisión de Educación y Cultura.
 
Y para elevar al Instituto de Acuacultura a rango de Ley y pueda trabajar de la mano de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Recursos Hidráulicos, Pesca y Acuacultura, la diputada Ana Luisa Valdés Avilés presentó una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Pesca y Acuacultura para el Estado de Sonora.

Informó que de aprobarse, le permitiría a dicho Instituto colaborar en el desarrollo, innovación, transferencia tecnológica y formación de recursos humanos que requiere el sector pesquero. Se turnó a la Comisión de Pesca y Acuacultura.
 
A las comisiones de Presupuestos y Asuntos Municipales, y de Minería, en forma unida, envió la Presidencia una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, presentada por los diputados Carlos Manuel Fu Salcido, Moisés Gómez Reyna, Javier Dagnino Escobosa y Luis Gerardo Serrato Castell.
 
Tiene por objeto establecer en la Ley de Gobierno y Administración Municipal las bases para que todos y cada uno de los elementos en torno a los recursos públicos del Fondo Minero sean lo más transparentes posible para los sonorenses, y de esa manera puedan incidir directamente en las propuestas que a nombre del Municipio respectivo se presenten ante el Comité de Desarrollo Regional para las Zonas Mineras.
 
El diputado Gómez Reyna informó que con la facultad que otorga a los ayuntamientos lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 23 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, existe justificación jurídica para constituir un comité de participación ciudadana para las obras e infraestructura pública del Fondo Minero, que sirva como vínculo entre sociedad y gobierno.
 
Otra iniciativa presentada fue la de la diputada Sandra Mercedes Hernández Barajas, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Sonora, misma que será estudiada por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
 
La legisladora planteó que es pertinente y urgente legislar sobre la práctica conocida como “sexting”, la cual se ha hecho muy común entre la sociedad, por lo que propuso su erradicación mediante una tipificación de dicha conducta en el código punitivo del Estado, por considerar, dijo, que es dañina para la imagen, como ha sido comprobado, de algunos docentes, doctores, policías, servidores públicos, padres de familia, entre otras personas, según sea el caso.
 
La próxima sesión del Pleno se citó para este jueves 5 de octubre, a las 10:00 horas.