Hermosillo, Son., abril 10 de 2018.- Con acciones legislativas para disminuir el acoso escolar, implementar en las escuelas la cultura del cuidado del agua y proteger el patrimonio familiar, el Congreso del Estado adecuó diversas normas jurídicas para atender demandas ciudadanas con alto sentido social.
En la sesión ordinaria de este martes, el Pleno aprobó modificaciones a las leyes de Educación, de Gobierno y Administración Municipal, de Bienes y Concesiones, de Propiedad en Condominio, así como al Código Civil para el Estado de Sonora, las cuales fueron dictaminadas por las comisiones de Educación y Cultura, de Vivienda y de Desarrollo Urbano.
El Decreto que reforma los artículos 18, fracción VII; 77, fracciones VI y VII, y adiciona una fracción VIII al Artículo 77, todos de la Ley de Educación para el Estado de Sonora, dispone que, de forma paulatina y conforme a la suficiencia presupuestal y los apoyos federales, se establecerán escuelas de tiempo completo, con jornadas de entre seis y ocho horas diarias, para aprovechar mejor el tiempo disponible para el desarrollo académico, deportivo y cultural.
Además, prevenir, atender y dar seguimiento a todos los casos de ausentismo y deserción escolar de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, para lograr su reintegración inmediata al sistema estatal de educación básica, en términos de lo dispuesto por la Ley del sistema integral para erradicar el ausentismo y la deserción en la educación básica y media superior. Esta propuesta fue presentada por la diputada Sandra Mercedes Hernández Barajas.
Las autoridades educativas estatal y municipales, así como las escuelas privadas, deberán realizar en cada inicio de ciclo escolar, campañas educativas tendientes a la disminución del acoso escolar dentro de las aulas. Lo que se busca, destaca uno de los considerandos, es adicionar a las finalidades de la educación el fomento al uso adecuado de las nuevas tecnologías de la información que son mayormente utilizadas por los jóvenes en edad escolar.
Otro Decreto aprobado reforma las fracciones XXIV y XXV, y adiciona una fracción XXVI, todas del Artículo 18 de la Ley de Educación para el Estado de Sonora, que en los considerandos establece la necesidad de que la cultura sobre el cuidado del agua no se imponga coercitivamente a las nuevas generaciones o sólo se les invite mediante campañas informativas, sino que se les eduque desde la escuela.
Agrega que dentro de
los valores que se impartan dentro de las finalidades de la educación, los estudiantes aprendan cómo cuidar el agua y a hacer un uso responsable de este vital líquido, con la finalidad de desterrar de raíz las malas costumbres que impulsan a derrochar los recursos hidráulicos. La propuesta fue presentada por el grupo parlamentario de Nueva Alianza.
El Decreto establece como una de dichas las finalidades, precisamente la de inculcar y fortalecer la cultura del cuidado del agua y su uso responsable. Además se aprobó el Acuerdo para presentar ante el Congreso de la Unión una iniciativa de decreto que adiciona una fracción XVII al Artículo 7° de la Ley General de Educación, para quedar como sigue: Inculcar y fortalecer la cultura del cuidado del agua y su uso responsable.
En el desarrollo de la sesión ordinaria, la asamblea aprobó el Decreto que reforma diversas disposiciones del Código Civil para el Estado de Sonora, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, y de la Ley de Bienes y Concesiones del Estado de Sonora.
“Este Congreso del Estado, con el paso del tiempo ha venido aprobando diversos ordenamientos tendientes a facilitar a las personas de escasos recursos la adquisición de un inmueble para vivienda, así como para proteger los bienes que forman parte del patrimonio de las familias sonorenses”, destaca uno de los considerandos del Decreto que con base en su iniciativa presentó la diputada Lisette López Godínez.
Se trata de armonizar y homologar lo que disponen las leyes de Gobierno y Administración Municipal, y de Bienes y Concesiones del Estado de Sonora, con lo que dispone la Ley de Vivienda para el Estado de Sonora, en materia de enajenación de bienes propiedad del Gobierno estatal y municipal, para satisfacer necesidades de vivienda a los sectores de la sociedad con menos recursos.
Además de garantizar el acceso a la vivienda se protegerá el patrimonio de las familias, en virtud de que los bienes que adquieran con el Gobierno del Estado o con los municipios para satisfacer el derecho humano a la vivienda, no podrán ser enajenados, objeto de embargo y de gravamen. El Decreto también señala que el bien inmueble quedará constituido como Testamento Público Simplificado.
Y para hacer una precisión en la Ley de propiedad en condominio de inmuebles, el Pleno aprobó el Decreto para diferenciar entre el Administrador Condómino y el denominado Administrador Profesional, con el fin de