Hermosillo, Son., abril 11 de 2019.- Para ampliar la duración máxima de las órdenes de protección de emergencia, establecer mayores sanciones por desacato de dichas órdenes y, además, en el supuesto caso de negativa a brindar esa orden, la acción sea considerada violencia institucional, aprobaron este día los diputados de la Comisión para la Igualdad de Género el proyecto de dictamen de reforma y adición a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La diputada María Alicia Gaytán Sánchez, presidenta de la citada comisión, sometió a consideración el proyecto de dictamen del proyecto de decreto mediante el cual se reforma y adiciona la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, iniciativa presentada por la diputada Yumiko Yerania Palomarez Herrera.
La diputada Gaytán Sánchez dio lectura al resumen del proyecto de decreto en el que detalló que la modificación al
Artículo 35 consiste en ampliar la duración máxima de las órdenes de protección de emergencia hasta un término de 60 días, con una prórroga de hasta 30 días más, con el fin de brindar mayor protección de la integridad física de las mujeres.
Explicó que el Artículo 36 BIS establece sanciones que consisten en el arresto hasta por 36 horas y una sanción económica, que estriba en una multa que va de 100 a 150 Unidades de Medida y Actualización, para aquellas personas que caigan en desacato de las órdenes de protección de emergencia.
En tanto el Artículo 40 BIS establece el supuesto de que, en caso de la negativa a brindar las órdenes de protección de emergencia y preventivas, dicha acción sea considerada violencia institucional, en los términos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La diputada Palomarez Herrera, impulsora de la iniciativa, explicó que se busca el cuidado