jun 14 2022

Armoniza Congreso legislación para proteger intimidad de víctimas

                                                Hermosillo, Son., 13 de junio de 2022.- Como parte del proceso de armonización a la legislación local con la Federal y en atención a la solicitud ciudadana de organizaciones de mujeres, el Congreso del Estado aprobó el pasado mes de marzo reformas enfocadas proteger la intimidad y dignidad de las víctimas y sus familiares, combatir la violencia de género y su normalización.

Ante el Pleno de la LXIII Legislatura, la diputada María Alicia Gaytán Sánchez dio lectura al dictamen con proyecto de Decreto que adiciona el Artículo 167 Quáter al Código Penal del Estado de Sonora, que establece sancionar a quienes por cualquier medio filtren, distribuyan o compartan imágenes amarillistas e indolentes de personas fallecidas, no solo es a servidores públicos, sino también a cualquier persona y, de ser servidor público, la pena se agrava.
 
Se refirió a que el derecho a la intimidad, a la privacidad e identidad, es un derecho humano fundamental o básico que afecta a lo más subjetivo de la persona, su individualidad y sus libertades fundamentales, que no pueden ser transgredidas y resultan intocables si conlleva el consentimiento y la libre voluntad del titular de estos derechos.
 
La diputada Gaytán Sánchez explicó que contrario a interpretaciones apresuradas que reducen estos derechos a una persona viva, hay aportes filosóficos y humanistas que alcanzan el campo de lo
                                            
                                                forense que reconocen y defienden los derechos de los muertos y muertas en esta disciplina.
 
Agregó que instituciones como la Cruz Roja tiene protocolos de identificación y recuperación forense de los muertos; resguarda la recolección de datos ante mortem; cómo se deben tratar las tumbas; protocolos de exhumación y autopsias; cómo se registra los datos post mortem y la identificación de restos humanos.
 
La legisladora explicó que existen principios centrales o básicos  que son recurrentes a lo largo de estas historias, dentro de las cuales la “dignidad” y el “respeto” aparecen como valores jurídicos que hay que tutelar, mismos que también se han incluido en los protocolos y prácticas que rigen el tratamiento de los muertos y su importancia social donde, incluso, “existen reflexiones generalizadas en la cultura popular que son más antiguas y más dominantes que aquellas que la Ley y las disciplinas forenses han establecido”, agregó.
 
“La también la llamada  ´Ley Ingrid´ surge a raíz de la difusión indebida en redes sociales y medios de comunicación de las imágenes de ese  feminicidio ocurrido en la Ciudad de México el 9 de febrero de 2020 y la divulgación masiva del cuerpo de Ingrid mutilado que indignó a la sociedad y exigió que pararan las filtraciones del expediente de la Fiscalía, por lo que , en respuesta, esta presentó una iniciativa que tipifica de
                                            
forma autónoma las conductas que realicen las personas o servidores públicos que de manera indebida revelen o difundan, imágenes, videos o grabaciones, así como archivos o información de la carpeta de investigación”, expresó.
 
La diputada Gaytán Sánchez consideró que con la aprobación de la reforma al Artículo 225 del Código Penal Federal que hizo la Cámara de Diputados el pasado 23 de marzo, la “Ley Ingrid” puede tener alcance nacional si es aprobada por el Senado de la República.
 
Manifestó que las modificaciones a la legislación local están orientadas a sancionar a los servidores públicos y cualquier persona que difunda imágenes, audios, videos, documentos, información sobre la investigación penal o condiciones personales relacionadas con víctimas de un hecho de violencia; castigar la revictimización, discriminación y estigmatización contra mujeres, niñas, niños y adolescentes, principalmente, que hayan sido víctimas de algún delito.
 
“Contrario a las interpretaciones que se han hecho y atendiendo a la exposición de motivos de la Ley, esta no atenta contra la libre expresión ni tampoco busca sancionar a sectores sociales que, aun cuando publican imágenes o difunden fotografías de las personas a quien buscan, no lo hacen con un propósito doloso, amarillista o pernicioso, sino como la suma de legítimas acciones en su búsqueda de justicia”, finalizó.