Hermosillo, Son., septiembre 7 de 2023.- Para lograr una política fiscal respetuosa de los principios de proporcionalidad y equidad a los que hacen referencia tanto la Constitución Federal como la local, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad armonizar el Código Fiscal del Estado de Sonora con el Código Fiscal de la Federación.
Mediante Decreto que reforma los artículos 94, 102 y 103 del Código Fiscal del Estado de Sonora, mismo que se fundamenta en una iniciativa que el pasado 23 de mayo presentara ante esta Soberanía el titular del Poder Ejecutivo estatal, se establece que el objeto primordial es intensificar el combate a la defraudación fiscal.
La Comisión de Hacienda presentó el dictamen al Pleno, en cuyos considerandos establece que es fundamental lograr una política fiscal respetuosa de los principios de proporcionalidad y equidad a los que se hace referencia en los artículos 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 12, fracción IV de la Constitución Política del Estado de Sonora.
De acuerdo a la lectura del documento, que
estuvo a cargo de la diputada Celeste Taddei Arriola, se trata de ajustar y actualizar diversos preceptos jurídicos en torno al tema del delito de defraudación fiscal, de tal manera que el Estado tendrá el carácter de victima u ofendido en los procedimientos penales y juicios relacionados con delitos previstos en dicho código.
El Decreto también establece que la Secretaría de Hacienda podrá allegarse de los datos necesarios para documentar hechos probablemente constitutivos de delitos fiscales, con el fin de formular ante el Ministerio Público el requisito de procedibilidad que corresponda.
Destaca que disminuirá hasta un 50 por ciento la pena aplicable cuando el monto de lo defraudado sea restituido de manera inmediata y en una sola exhibición, con el objeto de generar el pago de los importes omitidos y, como beneficio al infractor, la reducción de la pena, además de que se sancionará con las mismas penas del delito de defraudación fiscal a quien consigne en las declaraciones que presente para efectos fiscales: deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente